Conjunto de normas para regular al hombre. Establecen las bases de la
convivencia social y cuyo fin es dotar a los miembros de la sociedad de lo
mínimo en cuanto a seguridad, certeza, libertad y justicia.
Análisis
Etimológico de la palabra Derecho: Deriva del vocablo latino
"Directum" proveniente del verbo "Dirigere", el cual es a
su vez un compuesto del verbo "Regere" que da la idea de rectitud y
del cual se originaron las palabras "Regula" (regla), símbolo del
bien y de lo justo, rectum y directum (derecho). Los romanos para significar
derecho usaron la palabra IUS que viene de iustu, (justo) y iustitia
(justicia).
- Derecho
como Fenómeno Social: Es aquel ordenamiento jurídico que nace para regular
conductas entre los individuos.
- Derecho
como Valor: Conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y se
encuentran al servicio de valores sociales además de tener una finalidad
axiológicamente respetable.
- Derecho
como Argumentación: Es el conjunto de normas que se materializan a través del
lenguaje, pues este es un instrumento fundamental para el legislador.
- Derecho
como Ciencia: Es la disciplina científica que tiene por objeto el estudio, la
interpretación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico para
su justa aplicación.
Concepto de
Justicia:
Podemos considerar la justicia como el
eje en torno al cual se van vertebrando las mencionadas dimensiones: moral,
social y política. De ahí que la justicia pueda ser considerada en su aspecto
moral, social, y jurídico-político.
Clases de Justicia
Es
la piedra angular de toda sociedad.
Ulpiano
dice: "Es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que es
suyo.
Socrates
dice: "La Justicia es una virtud"
S.Tomas
de Aquino: "La justicia es el habito por el cual el hombre obra y quiere
rectamente el bien comun"
La
Justicia General: Al igual que Platon, comparte el criterio que la justicia es
la virtud por excelencia capaz de comprender o abarcar la totalidad de ella. Es
decir busca el bien común.
La
Justicia Particular:
Se
divide en:
a)
Justicia Conmutativa: Comprende la idea de la reciprocidad. Tu derecho termina
donde comienza el mio.
b)
Justicia Distributiva: Esta se refiere a la distribución de los honores,
títulos, riquezas y los bienes públicos según los méritos de cada cual entre
los miembros de la república.
c)
Justicia Natural: Es aquella que en todas partes tiene la misma fuerza y no
depende de la aprobación de los hombres.
d)
Justicia Legal: Es indiferente de la manera en que se observa porque al
convertirse en ley deja ser indiferente.
Seguridad
Jurídica: No depende solo de la perfección de las normas jurídicas sino que
requiere también de la existencia de organismos idóneos encargados de su
aplicación.
Señalemos el concepto de equidad. Hay cosas que no se pueden tratar rectamente de
un modo general, a saber, lo equitativo producido por la aplicación estricta de
una legalidad en su carácter absoluto.
FUNCIONALIDAD DE LA JUSTICIA: En todos los significados que
hemos ido encontrando en el concepto de justicia, o bien ha quedado sin definir
qué es lo justo, o bien se lo ha entendido como la aplicación de una norma, o a
una ley puesta en el ordenamiento jurídico de la sociedad cívico-política.
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