miércoles, 14 de septiembre de 2016



Concepto de Derecho: 

Conjunto de normas para regular al hombre. Establecen las bases de la convivencia social y cuyo fin es dotar a los miembros de la sociedad de lo mínimo en cuanto a seguridad, certeza, libertad y justicia.


Análisis Etimológico de la palabra Derecho: Deriva del vocablo latino "Directum" proveniente del verbo "Dirigere", el cual es a su vez un compuesto del verbo "Regere" que da la idea de rectitud y del cual se originaron las palabras "Regula" (regla), símbolo del bien y de lo justo, rectum y directum (derecho). Los romanos para significar derecho usaron la palabra IUS que viene de iustu, (justo) y iustitia (justicia).

- Derecho como Fenómeno Social: Es aquel ordenamiento jurídico que nace para regular conductas entre los individuos.

- Derecho como Valor: Conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y se encuentran al servicio de valores sociales además de tener una finalidad axiológicamente respetable.

- Derecho como Argumentación: Es el conjunto de normas que se materializan a través del lenguaje, pues este es un instrumento fundamental para el legislador.

- Derecho como Ciencia: Es la disciplina científica que tiene por objeto el estudio, la interpretación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico para su justa aplicación.


Concepto de Justicia: 

Podemos considerar la justicia como el eje en torno al cual se van vertebrando las mencionadas dimensiones: moral, social y política. De ahí que la justicia pueda ser considerada en su aspecto moral, social, y jurídico-político.

Clases de Justicia

Es la piedra angular de toda sociedad.

Ulpiano dice: "Es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que es suyo.

Socrates dice: "La Justicia es una virtud"

S.Tomas de Aquino: "La justicia es el habito por el cual el hombre obra y quiere rectamente el bien comun"

La Justicia General: Al igual que Platon, comparte el criterio que la justicia es la virtud por excelencia capaz de comprender o abarcar la totalidad de ella. Es decir busca el bien común.

La Justicia Particular:

Se divide en:
a) Justicia Conmutativa: Comprende la idea de la reciprocidad. Tu derecho termina donde comienza el mio.

b) Justicia Distributiva: Esta se refiere a la distribución de los honores, títulos, riquezas y los bienes públicos según los méritos de cada cual entre los miembros de la república.

c) Justicia Natural: Es aquella que en todas partes tiene la misma fuerza y no depende de la aprobación de los hombres.

d) Justicia Legal: Es indiferente de la manera en que se observa porque al convertirse en ley deja ser indiferente.


Seguridad Jurídica: No depende solo de la perfección de las normas jurídicas sino que requiere también de la existencia de organismos idóneos encargados de su aplicación.
Señalemos el concepto de equidad. Hay cosas que no se pueden tratar rectamente de un modo general, a saber, lo equitativo producido por la aplicación estricta de una legalidad en su carácter absoluto.

FUNCIONALIDAD DE LA JUSTICIA: En todos los significados que hemos ido encontrando en el concepto de justicia, o bien ha quedado sin definir qué es lo justo, o bien se lo ha entendido como la aplicación de una norma, o a una ley puesta en el ordenamiento jurídico de la sociedad cívico-política.

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Miguel Lyon. Con tecnología de Blogger.

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