Abarcó treinta y cinco siglos, circunscribió una geografía clásica
delimitada entre el mediterráneo y el oriente próximo. A menudo el castigo
consistía en inmolar a los dioses al infractor de la norma a fin de aplacar su
enojo.
TEORÍAS SOBRE EL ORIGEN DEL DERECHO
Se clasifican en:
1.- TEORIAS NO VOLUNTARIAS:
1.1. TEORIA TEOLOGICA:
Nos enseñan que el Derecho proviene de la divinidad de Dios, de su razón
que todo lo comprende o dispone y que el hombre lo ha reconocido por medio de
la revelación, como por ejemplo ha sucedido
con Hammurabi y su Dios Shamash, con Mahoma y Alá, etc.
1.2. TEORIA CONTRACTUAL:
Según esta teoría parte del supuesto de la existencia del hombre dentro
de una sociedad y por lo cual, el derecho es producto de un Contrato. Al
principio el hombre vivía en estado natural, en completa libertad, gozando de
las ventajas que le daba la naturaleza. La propiedad privada rompe esta armonía y la dominación de
unos hombres sobre otros completa el presupuesto de la crisis, del cual se pasa
al estado social mediante un pacto que pone fin al aislamiento de los hombres,
congregándolos en una comunidad política, el Estado.
2.- TEORIAS VOLUNTARIAS
Las
Teorías voluntarias sostienen que el derecho nace de la VOLUNTAD bien sea de
Dios o la divinidad del propio hombre.
2.1. TEORIA RACIONALISTA: Esta teoría parte del criterio de que la Razón
es la creadora de la norma de derecho. El hombre mediante la razón descubre las
reglas del derecho natural, en función de una mejor regulación de la vida
social. Considera que la ley no es otra cosa que la creación de la razón de los
hombres usando la lógica para aplicar la norma, con el propósito de vivir
mejor.
2.2. TEORIA
HISTORICA: El postulado fundamental de esta doctrina es que el derecho no
proviene de ningún principio abstracto, sino de los hechos y circunstancias
sociales de cada tiempo y lugar.
2.3. TEORIA MODERNA: En los últimos tiempos los juristas han tratado de
conciliar las verdades que hay en las teorías racionalistas e históricas. Según
ellos existen ciertos principios inmutables de justicia que la razón humana
puede descubrir y siempre encontrara iguales en todo país y en todo tiempo;
pero al aplicarlos se visten de diversas formas dando así nacimiento
a la diversidad de instituciones que los historiadores señalan.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO EN: EGIPTO, CHINA, INDIA, ASIA E ISRAEL
El Derecho en los pueblos de Oriente Antiguo, presentase a lo largo de
su historia, como un sistema jurídico con personalidad propia, adecuado a sus peculiares ideales, en el cual
encontramos una heterogeneidad de manifestaciones jurídicas fundadas en
principios de religión, moral y justicia.
1.- EL DERECHO EN EGIPTO.
Egipto fue una de las civilizaciones más antiguas, históricamente
dirigida por 3 imperios:
Menfita: El primero en fundarse dando comienzo a la dinastía
Tebano: Imperio independiente
Saita: Entra la dinastía de Sais en relación con los griegos
introduciendo su cultura.
Debido a estos 3 imperios se establece históricamente que Egipto era una
organización dirigía por un Faraón llamado por ellos dios viviente el cual
aplicaba derechos y sanciones.
Derecho y Autoridad:
Las más remotas leyes en Egipto se atribuyen a las revelaciones que de
ellas hicieron los dioses.
El Derecho estaba impregnado del estudio religioso, por lo cual el
delito representaba una ofensa para los dioses.
Egipto tenía un régimen de monarquía teocrática y absolutista, es decir
que todos los poderes políticos fueron absorbidos por el monarca (el Faraón).
La Máxima autoridad la representaba El Faraón quien era considerado un
Dios viviente. El Faraón ejercía control sobre la familia mediante
el matrimonio religioso.
La Ley era respetada por el mismo Faraón y los
jueces al ocupar el cargo se les obligaba a jurar que nunca acatarían una orden
Real que fuese contraría a la ley. Los Jueces
culpables de cohecho, son incitados a suicidarse a fin de salvaguardar el honor
de los cargos que desempeñaba.
Los atentados contra los Faraones. La complicidad en estos,
las ofensas al faraón, a las órdenes reales, el perjuicio y el homicidio, eran estimados delitos contra la divinidad.
El signo de la justicia era la pluma del avestruz y sus animales
sagrados eran el gato y el halcón.
ENTRE LAS CLASES SOCIALES, existían:
los escribanos, los militares, los
sacerdotes y los artesanos.
Los militares se encontraban a disposición del Faraón en defensa de su
régimen y las fronteras.
Los escribanos o escribas, eran consejeros del Faraón, aparecieron en el
imperio medio y debido a su cultura y trabajo llegaron a ocupar cargos públicos,
ejerciendo funciones del gobierno. Los escribas incluso interpretaban las
inscripciones de las pirámides.
La escritura jeroglífica y la escritura demótica que es la que más se
aplico en las transacciones mercantiles y sirvió para facilitar el comercio.
Los sacerdotes eran los encargados de realizar los ritos religiosos y de
imponer las penas más crueles como delegación divina: Algunas de la penas son:
Al espía se le cortaba la lengua y al estuprador los órganos genitales. El
falso testimonio, la concusión, son penados con severidad que implicaba la
mutilación de nariz, orejas o a trabajos forzados en las minas.
El homicidio se castiga con la muerte; La conspiración contra el rey el
robo y las violaciones son también sancionadas con la pena de muerte.
Los artesanos estaban en la obligación de abastecer los lujos de los
faraones y de sus familiares.
La Organización Familiar: Estaba representada por el padre de familia y
todas las acciones de los miembros de los mismos estaban sujetos a la decisión
del padre.
El matrimonio era monogámico y el adulterio era sancionado con la pena
de muerte
Las mujeres podían ser propietarias y las capitulaciones
matrimoniales permitían saber cuál de los cónyuges sería el propietario de los bienes.
Existía el impuesto progresivo, significando con esto que el que más
tiene paga más asemejándose.
2.- EN EL DERECHO CHINA
En la etapa inicial del imperio, las reglas jurídicas fueron
consideradas un mandato divino, posteriormente fueron consideradas una creación
del hombre o del derecho imperial.
Derecho y Autoridad:
El código más antiguo que se conoció es el de las reglas del Shaw, una
especie de recopilación de principios jurídicos, que son instrucciones para los
funcionarios del imperio.
La máxima autoridad estaba representada por El emperador quien era el
único propietario de toda la tierra, sin embargo, con el tiempo los particulares,
fueron adquiriendo el derecho de
propiedad, el dominio de las aguas también fue reglamentado de una manera
perfecta. Daba la tierra a sus súbditos para que la trabajen y pagaran sus
impuestos.
En materia de justicia y castigo de delitos el Derecho Chino fue muy
cruel, existían organismos especiales encargados de impartir justicia, existía
un Ministerio regido por el Mandarín de
Otoño funcionario que desempeñaban el cargo de administrador, el cual manejaba
la actuación de los tribunales, administraban justicia y eran los encargados de
recaudar impuestos y de él dependían otros funcionarios que eran una especie de
notarios que tenían por encargo dar fe de los contratos que se celebran.
En la segunda era se introdujeron disposiciones que hacían
menos cruel el derecho penal Chino: se mando a tener en cuenta los
móviles del delito; se favorecía el que delataba.
Familia y Sociedad
La constitución de la familia fue la base de la concepción jurídica
tradicional.
La mujer se consideraba sujeta a tres tutelas: padres, esposo e hijo
mayor.
El divorcio tenía lugar por la desobediencia a los suegros, celos de las
concubinas y repudio del marido por no tener hijos varones.
La herencia correspondió a los hijos varones excluyendo a las hijas que
no recibían nada, mas tarde se les da una parte para su manutención. Al
primogénito le corresponde una porción doble de la herencia, los hijos,
concubinas, y adoptivos eran como los demás hijos.
3.- EL DERECHO DE LA INDIA:
De esta época es el Código de Manú, que prescribe una sociedad dividida
en castas, formas cerradas de vida social y de origen divino.
LAS CASTAS DE LA INDIA
Brahmanes, sacerdote
de la cabeza, que representa la cabeza de la divinidad, predomina sobre todas
las castas restantes y tiene exclusividad sobre los asuntos religiosos, además
del monopolio de las ciencias.
Chatreas (Citarías), o
guerreros del brazo, que representan los brazos de la divinidad, ejerce el
gobierno, la administración y además las funciones de carácter militar.
Vayscias, o
labrador del muslo, que representan el cuerpo y las piernas de Brama, y está
integrada por los agricultores y artesanos.
Autoridad y Gobierno:
El Rey es el supremo juez y debía dirimir todos los pleitos fuesen
civiles o criminales.
Existe en el Código de Manu una parte llamada el Libro de los Jueces, el
Rey examinaba por si mismo los litigios pero acompañado de brahmanes y consejeros
sabios quienes elaboran en la resolución aplicando normas jurídicas basadas en
la equidad y la justicia.
DERECHO
La civilización India tiene influencia directa de la religión BRAHAMIANICA,
la misma que está controlada por el libro de los VEDAS, una antigua colección
de textos sagrados considerados como producto de la revelación divina. El más
famoso de estos últimos es el conocido con el nombre de CÓDIGO DE LEYES DE
MANU, que posiblemente se redactó en el siglo II Antes de Cristo. Rigen la
conducta jurídica moral y religiosa.
El Código de Manú establece:
El Padre es el único que posee y a su muerte, los bienes no deben
salir del círculo familiar.
No existe el testamento, sólo existe la sucesión legitima o natural a
favor de los varones más cercanos.
Las deudas del causante corren a cuenta de la sucesión.
Entre los modos de adquirir la propiedad, además de la herencia,
estaban la compra, la donación, el cambio, el hallazgo
o inversión y la prescripción por diez años.
Conocieron los siguientes contratos: prestamos, hipoteca, prenda,
fianza, depósito, compra, alquiler, arrendamiento, sociedad. En materia de
contrato además del consentimiento de las partes, se exige que éstos sean
demostrados por documento de testigo. Declara nulas aquellas negociaciones realizadas
por la fuerza, enfermedad mental o debilidad por ebriedad, edad avanzada
o infancia, y aquellas convenciones en que un apoderado se excede de las
facultades expresamente otorgadas.
En Derecho penal, el Código de Manú establece una serie de delitos como la
calumnia, la injuria, el juego de azar, la bestialidad, la sodomía y
la violación de menores. Establece también como delito una serie
de enfermedades y defectos físicos como la elefantiasis, la
epilepsia, la ceguera. A los que sufren de estos males los somete a verdaderos
castigos y los excluyen del trato de los demás como si fueran delincuentes.
Matrimonio y Familia:
El matrimonio entre distintas castas estaba prohibido. Los miembros de
cada casta no podían contraer matrimonio con los extraños a ella. La
prohibición del matrimonio con persona inferior se aplicaba sólo
a la mujer.
La ley considera la procreación como esencial al matrimonio y al
perfeccionamiento de la vida misma.
La edad en la mujer para contraer matrimonio es en la pubertad es decir
de los 14 a los 16 años
En
el matrimonio fue monogámico, al marido corresponde la propiedad de
todos los bienes. Son motivos de divorcio a favor del marido: la embriaguez, la
esterilidad, no tener hijos varones y otros más.
La
mujer sin parientes estaba bajo la tutela del Rey, lo mismo el hijo
sin padre. El adoptado tenía derechos en la familia del adoptante, y
perdía los que pudiera tener en su familia natural.
4.-
EL DERECHO EN ASIA:
Destaca el Código de Hamurabi, es el primer conjunto de leyes
de la historia; el cual, es una compilación de discusiones y providencias
reales realizadas con el carácter absoluto de un derecho de origen divino. El
Hammurabi, enumera las leyes para fomentar el bienestar entre las gentes.
Sin embargo en función de fines eminentemente rivales. Según
la tradición bíblica en el monte SINAB, recibe Moisés a Dios, las tablas de la
Ley que constituyen el decálogo de preceptos eminentemente jurídico y mora.
El Código Hammurabi se dividía en 3 aspectos: civil, mercantil y penal:
En la parte civil trata sobre la familia, el matrimonio que se
constituye de forma escrita y antes testigos.
En la parte mercantil contempla la propiedad, la del estado, la del
templo y la particular.
En la parte penal desconoce la venganza privada y regula los castigos de
acuerdo al delito.
LEYES
DEL CODIGO DE HAMMURABI:
Es
el primer cuerpo legal conocido de la historia.
La
familia organizada bajo el sistema patriarcal, las mujeres, hijos, esclavos y
ganado pertenecen al jefe de la misma.
En
El Matrimonio cuentan tres aportes, especie de dotes; una que da el marido
antes del contrato conyugal, otra que aporta la familia de la esposa,
y una y tercera que proporciona el marido, ya celebrado el matrimonio.
El
marido puede en cualquier momento desposeer de sus derechos a la mujer,
repudiándola. El repudio, especie de divorcio, tiene lugar en casos de
mala administración o esterilidad de la mujer.
Dentro
del matrimonio es permitido que el hombre tome otra esposa como
concubina puesto que existe la poligamia.
Los
hijos habidos fuera del matrimonio pueden ser adoptados.
La adopción se hace por escrito y ante testigos. Los adoptivos entran
a heredar después de los hijos legítimos
En
lo mercantil, el Código contempla tres clases de propiedad, la del estado, la
del templo y la particular. La tercera está sujeta a las estipulaciones que la
ley establece.
En
Lo Penal: Las penas revisten un carácter severo: la muerte para Bandidos y
ladrones, ahogo en el agua para la mujer
adultera, esclavitud para los deudores, y el talión para asesinos y
para los casos no contemplados en la ley.
Las
penas: aparece inscrita toda una escala de penas según los delitos y crímenes
cometidos. La base de esta escala es la Ley del Talión
La
Justicia era impartida por dos clases de Tribunales: Los civiles y los
religiosos.
En
las sentencias se toma en cuenta la condición social de quien haya delinquido o
haya sido víctima del delito.
5.- EL DERECHO EN ISRAEL
Esta ley estaba compuesta de 5 libros: Génesis, Éxodo, Levítico,
Números, Deuteronomio. (amor al prójimo, prohibición de la usura, pregona el
amor al ser humano y prohíbe la explotación y esclavitud.
Su penetrante concepción moralista, ha influenciado notablemente la
cultura jurídica de los pueblos de Occidente. El pueblo hebrero ha ejercido
influencia sobre el mundo occidental a través del Cristianismo, en la Biblia el
término "hebrero" es aplicado a Abraham.
David (1003-970) con Salomón (970-933), eternizó
su memoria por su sabiduría y obras suntuosas: edificó el Templo de
Jerusalén, allí se guardó el Arca de la Alianza que contenía las Tablas de la
Ley.
Las normas penales se hallan en el Éxodo, en el Livitico. Predomina el
espíritu religioso. El derecho de castigar es delegación divina, el es ofensa a
Dios y la pena no tiene otro objetivo que la intimación, se mide por
el Talión que en caso de homicidio es absoluto: vida por vida.
LAS TABLAS DE LA LEY:
Según la tradición bíblica, en el Monte SINAB recibe Moisés de Dios las
Tablas de la Ley que constituyen el Decálogo, que incluye preceptos de eminente
sentido jurídico y moral, como los que prescriben honrar al padre y a la madre,
no matar, no cometer adulterio, no robar, no levantar falsos testimonios
ni mentir y no codiciar los bienes ajenos.
El éxodo trata de la historia del Moisés y de la recepción del Decálogo.
El Deuteronomio, inspirado en ideales elevados, contiene principios de
justicia social y religión.
Los cinco libros que proceden de Moisés, escritos por divina
inspiración, forman el Pentateuco, primera parte de la Biblia.
La Obediencia y respecto que los hijos debían al padre se consagra en el
propio Decálogo.
El marido puede repudiar a su mujer, la mujer puede heredar, y los
varones sólo el primogénito tienen este derecho. Sin embargo, el Deuteronomio
permite heredar a la mujer a falta de varones.
La propiedad no debía salir del grupo familiar.
En materia de delitos y administración de justicia, cuando el Estado
sustituye al grupo familiar en la represión de los delitos, nace la institución
del Talión. Algunos sostienen que el principio TALIONAL (Ojo por Ojo, Diente
por Diente), no debe considerarse como una expresión absoluta de la cultura
hebrea, sino como función estimativa de la época, que requería de un orden
coactivo.
El apedreamiento fue la forma más común de castigar los delitos que
merecían pena de muerte.
Atentar contra la divinidad es el máximo Delito, la ofensa a DIOS. Las
penas de este periodo son: la Intimidación y la Expiación. Pero la pena mayor
es la muerte a quien ha cometido un homicidio. El delito de adulterio
primitivo, solo es cometido por la esposa infiel, castigado por los antiguos
hebreros con la lapidación. Luego se agregaron la horca y el fuego.
Las Tablas de MOISES o Antiguo testamento, contiene lo que hoy
llamamos los DIEZ MANDAMIENTOS.
Organización familiar:
Existen deberes y derechos que debe cumplir como miembro de la familia y
eran:
Participar en el culto.
La venganza, deber impostergable de la familia “Éxodo.
Copropiedad del patrimonio
Derecho a llevar un nombre
El suelo y la Tierra pertenecen a la tribu o familia La Biblia prescribe
que la tierra no debe ser transferida a otra tribu la tierra no es de nadie
sino de Dios quien solo entrega en usufructo a los hombres.
6.- EL DERECHO EN GRECIA
En la antigua Grecia,
los problemas de Derecho, fundamentalmente en la Grecia Clásica,
giraron en torno a la organización del Estado y al principio de
justicia.
El derecho griego constituyó para Europa antigua una de las fuentes cuya
influencia se hizo notoria en la mayor parte de Europa
El intercambio de productos naturales
realizados según las costumbres, son las únicas relaciones jurídicas privadas,
La subordinación agentes locales fueron las
únicas que se corresponden con el Derecho Público.
Los Espartacos impusieron un régimen militar
estricto.
La tradición atribuye a LICURGO, en el siglo
IX antes de Cristo, la Constitución Espartana.
Sus viajes fuera de su patria le permitieron conocer diversos
sistemas legislativos que le sirvieron de modelo para el régimen de
su pueblo.
Licurgo, conservó la existencia de dos reyes,
por el poder que pudiera tener el uno sobre el otro. Este poder se vio limitado
en el 750 antes de Cristo por los Éforos, magistrados que llegaron a ejercer
la dirección política y la administración del Estado.
Clases Sociales:
La sociedad estuvo conformada por dos clases
sociales Los periecos y los Ilotas.
Los periecos, espartanos que gozaban de todos
los derechos, que sólo tenían algunos derechos civiles (matrimonio, testamento
etec,) y los ilotas sin derecho alguno.
La Virtud más difundida fue el amor por
la patria y el respecto a la ancianidad y a la Ley.
Propiedad:
El territorio fue dividido en lotes, cada jefe
de familia era propietario de una parcela. Cada parcela era traspasada al hijo
mayor único llamado a heredarla.
Quien no tenía suficiente capital, debía
recurrir al préstamo, con intereses excesivos. El deudor moroso debía responder
no solo con sus bienes, sino también con su persona y hasta con la de sus
familiares.
UN nuevo Legislador Solón fue designado a dar
solución a los problemas (594 antes de Cristo) , como el de las deudas, el de
la tierra y el de la igualdad de derechos políticos, y llevó a efecto
una reforma en los siguiente términos:
Ordenó extinguir las deudas. En consecuencia,
prohibió el préstamo de dinero con garantía de la persona del deudor
y permitió el rescate de la libertad a los reducidos a esclavitud por
deudas.
En Materia de propiedad, suprimió el
mayorazgo, lo que permitió que la tierra pudiese ser vendida, y dividida entre
herederos.
En cuanto a derechos políticos, a fin de
establecer una igualdad, divide las sociedad Ateniense en cuatro clases, según
la fortuna.
En la primera clase estaban los ricos, en la segunda y tercera los
condición media y en la cuarta los pobres.
Asignó a cada clase derechos políticos según su
categoría, y repartió equitativamente los impuestos.
Familia y Matrimonio:
En cada familia el padre ejercía funciones de
juez, sacerdote y jefe de familia.
El matrimonio en Grecia constituyó la base y fundamento de la familia
(Compra-Venta), fue monogámica pero se permitió la existencia de concubinas.
El adulterio se pena con la muerte, cuando el novio encuentra en
adulterio in fraganti; este puede matar.
Autoridad y Gobierno:
Las aldeas se unificaron bajo
la autoridad de Atenas. Y forman un Estado unitario sobre la base de
una completa igualdad de derechos.
La Monarquía es la forma de gobierno en
Atenas, pero fue descategorizada, por los nobles, quienes suplantan la
monarquía por una República Aristocrática.
El Arbitrio de los jueces sólo aparecía limitado
por un conjunto inorgánico de normas consuetudinarias.
En Materia Penal, el Estado se desentendía de
la función represiva del delito, dejando en manos del ofendido o de su familia
la ejecución de la justicia, que origina situaciones de verdadera injusticia.
INFLUENCIA DEL DERECHO GRIEGO EN LA CULTURA HELÉNICA:
La cultura griega ha evolucionado durante los últimos años, continuando
con la notabilísima Grecia clásica el nacimiento de la época helenística y por
medio de la influencia del imperio romano y su sucesor.
Los orígenes del derecho de la Grecia moderna se remontan al antiguo
derecho griego, que fue el precursor intelectual y la fuente del derecho romano
de la época clásica. Después de la conquista de Grecia por roma el derecho
romano fue presentado oficialmente a Grecia pero muchas leyes griegas
siguieron estando en vigor.
El racionalismo Sin duda, el vocablo más utilizado en el
siglo XVIII en literatura, filosofía y ciencia, es el de “racional”. Los
intelectuales de éste siglo dieron a su época en nombre de “siglo de las
luces”, refiriéndose a las luces de la lógica, de la inteligencia, que debía
iluminarlo todo. Se da enorme importancia a la razón: el hombre puede
comprenderlo todo a través de su inteligencia; sólo es real lo que puede ser entendido
por la razón. Aquello que no sea racional debe ser rechazado como falso e
inútil.
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